Asesoramiento y Tramitación en la Liquidación de Sociedad de Gananciales.
Tarifa Fija.
Abogados con más de 35 años de experiencia a su servicio.
Nosotros enfocamos la liquidación pensando en las necesidades e intereses de los clientes, siguiendo siempre su decisión, y con las menores costes posibles.
Vamos a asesorarles, con TARIFA FIJA, y sin sorpresas, desde el inicio y hasta el final de la liquidación de la Sociedad de Gananciales hasta que cada persona tenga los bienes inscritos a su favor y pueda disponer de ellos.
Y todo ello sin sorpresas en cuanto al abono de los honorarios. El importe que nos va a abonar es un importe fijo dependiendo de la cuantía o valor de la Sociedad de Gananciales.
Nuestros honorarios fijos por la liquidación de la sociedad de gananciales:
- 4.000 € - Si la sociedad de gananciales es propietaria de bienes (Activo) por un valor igual o inferior a 300.000 €.
- 6.000 € - Si la sociedad de gananciales es propietaria de bienes (Activo) por un valor igual o superior a 300.001 €.
(No están incluidos en los honorarios: IVA vigente, Impuestos, tasas, gastos de tasaciones, gastos de administradores de fincas, notas y gastos de registro de la propiedad, honorarios de Notario, gastos de desplazamientos fuera de Madrid Capital y Comunidad Autónoma de Madrid y cualquier otro gasto de terceros o ajeno a nuestro despacho).
Los servicios que se ofrecen, con TARIFA FIJA, son los siguientes:
Estos servicios no son necesario realizarlos en todas las operaciones y son enunciativo:
Preparación del Dosier con la documentación jurídica o no, necesaria para la liquidación de la sociedad de gananciales. (escrituras, notas simples del registro, certificado administrador de fincas, estado actual de cargas, contratos de arrendamiento, contratos de suministros etc.)
Asesoramiento en cuanto a la fijación de valores y establecimiento de lotes.
Resolución de cualquier incidencia que se pueda producir durante la tramitación.
Preparación, revisión y asistencia a la firma de la escritura pública de liquidación de sociedad de gananciales.
Tramitación posterior a la firma hasta que los bienes se encuentren con plena disposición por parte del adjudicatario.
¡¡¡ Infórmese sin compromiso, lo va a agradecer !!!