Hoy vamos a transcribir un artículo publicado en «Confilegal» sobre una cuestión que venimos aconsejando desde hace tiempo a nuestros clientes tanto si son mujeres como posible petición del padre como si son padres para pedir custodia compartida cuando el menor se encuentra en período de lactancia.
Un juez de Salamanca establece un modelo de custodia compartida progresiva para un bebe lactante.
Una pareja que, de su relación tuvieron un hijo, ahora, al separarse, se verán sometidos a la custodia compartida a petición del padre.
En este caso se da la circunstancia que estamos ante un bebe lactante, por lo que el magistrado José Lozano Díaz, titular del Juzgado de Primera Instancia 8 de Salamanca, la ha establecido de forma progresiva.
Gracias a los fallos del Tribunal Supremo, la custodia compartida se está convirtiendo en una realidad para muchas parejas.
A falta de una reforma legislativa que ofrezca una Ley sobre custodia compartida, el ejemplo del Supremo también ha llegado a otros tribunales.
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Lograr la custodia compartida de un bebe lactante no es tarea sencilla.
A este padre divorciado le indicaron otros despachos que no era posible “hay que solicitarla desde el primer momento y evitar estar en manos de la pareja. Hasta que se dictan unas medidas, muchas mujeres, quizás mal asesoradas ponen las trabas para que los padres no vean a los niños. Luego alegan que como no les ven no procede la custodia compartida”, aclara ……..
Sin perjuicio de lo anterior existen diferentes posturas sobre si la guarda compartida debe acordarse con menores lactantes o no y para ella debemos partir de la base de que no existe ninguna norma que lo impida y por tanto no es aventurado decir que sí es posible la guarda compartida de bebés la lactancia materna.
…. abogado de este padre, presentó la demanda solicitando la custodia compartida “de forma alternativa planteábamos un régimen de visitas amplio al ser el bebe lactante, para que con posterioridad fuéramos a una custodia compartida, cuestión que al final si hace en su sentencia que desde hace días tenemos en nuestro poder”. Se trata de alguna forma que el padre no perdiera el trato con su hijo.
“Y evitar la litigiosidad posterior y que hubiera modificación de medidas”.
La demanda fue presentada en julio del 2018.
Pese a lo anterior, en ocasiones, los tribunales de justicia pueden considerar la lactancia materna como especialmente relevante e importante para la salud de los menores al ser recomendada incluso por la Organización Mundial de la Salud.
La citada sentencia –que puede recurrirse– presta una especial relevancia a la lactancia materna y por ello concede la guarda y custodia a la madre hasta que el menor cumple dos años de edad.
Al mismo tiempo, la sentencia introduce un régimen de visitas que se va a ampliando con el transcurso del tiempo con la intención de ir preparando a todas las partes a la custodia compartida.
La sentencia otorga la custodia compartida a partir del segundo año de edad evitando con ello un futuro procedimiento de modificación de medidas con el ahorro de costes que ello supone tanto para los litigantes como para la Administración de Justicia.
“Desde los dos años empieza una custodia compartida propiamente dicha. En principio da dos días a cada progenitor, para que el bebe se acostumbre a estar en una casa”, puntualiza.
Con posterioridad, en una tercera fase se va al modelo tradicional de custodia compartida cuando la menor cumpla tres años “Desde el tercer año, ya haya una custodia compartida como ya se entiende de una semana”.
Estas propuestas sobre guarda y custodia compartida y régimen de visitas con un implante progresivo en su ejecución son situaciones que se están dando de forma muy habitual en los procesos de mutuo acuerdo.
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